La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó los valores que percibirán jubilados y pensionados durante julio de 2026. Además del aumento por movilidad, continuará vigente el bono extraordinario de hasta $70.000, aunque el refuerzo no alcanzará a todos los beneficiarios.
El adicional seguirá destinado a quienes perciben los ingresos previsionales más bajos, mientras que quienes superen el límite establecido por el Gobierno no accederán al beneficio.
A cuánto asciende la jubilación mínima en julio
Con la actualización correspondiente al mes de julio, la jubilación mínima pasará a ser de $411.787,67.
El incremento también impactará sobre la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), las Pensiones No Contributivas (PNC) y el resto de las prestaciones administradas por ANSES.
Quiénes recibirán el bono de $70.000
El bono extraordinario será abonado a:
- Jubilados y pensionados de ANSES.
- Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
- Beneficiarios de Pensiones No Contributivas por invalidez, vejez y madres de siete hijos.
Quienes perciban el haber mínimo cobrarán el bono completo de $70.000, por lo que durante julio recibirán un total de $481.787,67, resultado de la suma entre el haber mensual y el refuerzo extraordinario.
Cómo se calcula el bono para quienes cobran más que la mínima
Los beneficiarios cuyos haberes sean superiores a la jubilación mínima también podrán acceder al bono, aunque el monto será menor.
En estos casos, ANSES aplicará un esquema proporcional hasta alcanzar el tope de $481.787,67. Cuanto mayor sea el haber mensual, menor será el importe del refuerzo.
Quiénes no cobrarán el bono en julio
Quedarán excluidos del beneficio los jubilados y pensionados cuyos ingresos previsionales superen los $481.787,67.
Estos beneficiarios únicamente percibirán el haber mensual correspondiente, sin el adicional extraordinario.
Calendario de pagos para jubilaciones mínimas
- DNI terminados en 0: 8 de julio.
- DNI terminados en 1: 10 de julio.
- DNI terminados en 2: 13 de julio.
- DNI terminados en 3: 14 de julio.
- DNI terminados en 4: 15 de julio.
- DNI terminados en 5: 16 de julio.
- DNI terminados en 6: 17 de julio.
- DNI terminados en 7: 20 de julio.
- DNI terminados en 8: 21 de julio.
- DNI terminados en 9: 22 de julio.
Calendario de pagos para haberes superiores a la mínima
- DNI terminados en 0 y 1: 23 de julio.
- DNI terminados en 2 y 3: 24 de julio.
- DNI terminados en 4 y 5: 27 de julio.
- DNI terminados en 6 y 7: 28 de julio.
- DNI terminados en 8 y 9: 29 de julio.


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