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Extranjeros no residentes deberán presentar seguro o pagar por la atención no urgente en hospitales nacionales

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El Gobierno nacional reglamentó el procedimiento para cobrar las prestaciones sanitarias habituales a extranjeros que no tengan residencia permanente en el país. Las emergencias seguirán siendo atendidas sin restricciones y los residentes permanentes mantendrán el acceso en igualdad de condiciones con los argentinos.

El Gobierno nacional reglamentó el nuevo procedimiento para la atención de extranjeros en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional. La medida establece que quienes no tengan residencia permanente deberán presentar un seguro de salud válido o abonar previamente las prestaciones que no correspondan a una situación de emergencia.

El nuevo esquema fue formalizado mediante la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud de la Nación, publicada este martes 11 de agosto, y reglamenta los cambios introducidos por el DNU 366/2025 a la Ley de Migraciones.

La medida no implica que todos los hospitales públicos del país comiencen a cobrar a extranjeros. El procedimiento se aplica a los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional.

A quiénes alcanza la nueva medida

La normativa establece una diferencia entre extranjeros con residencia permanente y aquellos que no cuentan con esa condición.

Los extranjeros con residencia permanente podrán acceder al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos, de acuerdo con lo establecido por el nuevo régimen migratorio.

En cambio, quienes no tengan residencia permanente deberán presentar un seguro de salud válido o realizar el pago correspondiente para acceder a prestaciones sanitarias habituales en establecimientos administrados por el Estado Nacional.

De esta manera, el criterio no se aplica simplemente por tratarse de una persona extranjera, sino que la condición de residencia permanente pasa a ser un elemento central para determinar el régimen de acceso.

Cómo funcionará el cobro

El procedimiento establece dos mecanismos diferentes según la situación del paciente.

Si el extranjero no residente cuenta con un seguro de salud, el establecimiento deberá conformar el legajo correspondiente, notificar a la aseguradora dentro de las 24 horas y emitir la factura electrónica para iniciar el recupero del costo de la prestación.

Cuando el paciente no tenga cobertura, el hospital deberá elaborar un presupuesto y percibir el pago correspondiente antes de realizar la prestación sanitaria.

El objetivo del procedimiento es establecer un mecanismo uniforme para que los hospitales nacionales puedan recuperar los costos de las prestaciones brindadas a extranjeros no residentes.

Las emergencias seguirán siendo atendidas

Uno de los principales puntos de la reglamentación es que ninguna emergencia podrá ser negada ni demorada por cuestiones administrativas o por la situación migratoria de la persona.

La normativa considera emergencia a toda situación que implique un riesgo cierto e inminente para la vida o las funciones vitales y que requiera una intervención inmediata.

Entre los casos contemplados se encuentran paros cardiorrespiratorios, infartos agudos de miocardio, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas, quemaduras extensas y emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales.

En estas situaciones, la atención debe comenzar de manera inmediata, sin exigir previamente un seguro, un pago o la realización de trámites administrativos.

Quién determina si se trata de una emergencia

La resolución establece además que será el profesional de salud responsable de la atención quien determine si el cuadro corresponde a una emergencia o a una prestación sanitaria habitual.

Esto significa que la clasificación no quedará en manos del paciente ni de un área administrativa del hospital, sino que deberá surgir de la evaluación médica correspondiente.

Qué pasa después de una emergencia

La atención de emergencia está garantizada, pero la normativa establece una diferencia entre la asistencia inmediata y las prestaciones que puedan continuar una vez superada la situación crítica.

Cuando la emergencia haya sido estabilizada y el paciente necesite continuar con otros tratamientos o prestaciones, los gastos generados posteriormente podrán ser consolidados y facturados de acuerdo con el procedimiento establecido para los extranjeros no residentes.

De esta manera, la reglamentación garantiza la asistencia inmediata ante un riesgo para la vida, pero permite que las prestaciones posteriores queden sujetas al mecanismo de recupero de costos.

Qué cambia para los hospitales nacionales

A partir de la nueva reglamentación, los establecimientos administrados por el Estado Nacional deberán aplicar un procedimiento uniforme para determinar la condición del paciente, identificar si existe cobertura y gestionar el cobro de las prestaciones que correspondan.

El esquema busca diferenciar claramente entre la atención de emergencia, que continúa garantizada, y la atención sanitaria habitual de extranjeros no residentes, que queda sujeta a seguro o pago previo.

El origen del nuevo régimen

La reglamentación tiene como antecedente el DNU 366/2025, que modificó la Ley de Migraciones y estableció nuevos criterios para el acceso a determinados servicios por parte de extranjeros.

El decreto determinó que los extranjeros con residencia permanente pueden acceder al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los argentinos, mientras que quienes no tengan residencia permanente deberán presentar un seguro de salud o afrontar el costo de las prestaciones habituales en los establecimientos administrados por el Estado Nacional.

La Resolución 1066/2026 reglamenta ahora cómo deberán aplicar los hospitales ese criterio y establece los procedimientos administrativos para el recupero de los costos.

Desde cuándo se aplica

La resolución fue publicada este 11 de agosto de 2026 y establece el procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en establecimientos administrados por el Estado Nacional.

Con la nueva reglamentación, el Gobierno nacional busca unificar el mecanismo de atención y cobro, manteniendo como excepción la asistencia inmediata ante situaciones de emergencia.

En resumen, el nuevo esquema establece tres situaciones principales: los residentes permanentes mantienen el acceso al sistema público en igualdad de condiciones con los argentinos; los extranjeros no residentes deberán contar con un seguro o pagar las prestaciones no urgentes; y las emergencias deberán ser atendidas sin restricciones, independientemente de la situación migratoria del paciente.

Fuente: Ministerio de Salud de la Nación y Resolución 1066/2026.

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