El máximo tribunal tomó la causa que cuestiona una cláusula de la nueva Constitución de Formosa que podría permitirle a Gildo Insfrán competir nuevamente en 2027. La Corte ya había declarado inconstitucional la reelección indefinida. Ahora deberá determinar si la nueva regla respeta aquel límite o deja abierta una vía para la continuidad del gobernador.
Gildo Insfrán gobierna Formosa desde 1995 y, después de más de tres décadas al frente del Poder Ejecutivo provincial, su futuro político vuelve a quedar bajo la lupa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El máximo tribunal declaró su competencia originaria para intervenir en la demanda presentada contra una cláusula transitoria de la nueva Constitución formoseña. La disposición establece que el mandato del gobernador y vicegobernador que estaban en ejercicio al momento de la reforma debe ser considerado como el primer período bajo las nuevas reglas.
El dato político es difícil de ignorar: Insfrán lleva desde 1995 al frente de Formosa y ahora mantiene abierta la posibilidad de competir nuevamente bajo una Constitución que acaba de establecer límites a las reelecciones.
La oposición sostiene que esa cláusula podría permitirle presentarse en 2027 y buscar un noveno mandato como gobernador. La Provincia de Formosa tendrá ahora 60 días para responder la demanda antes de que la Corte avance sobre el fondo de la cuestión.
La Corte ya había puesto un límite a la reelección indefinida
En diciembre de 2024, la Corte Suprema declaró inconstitucional el artículo 132 de la Constitución de Formosa, que permitía la reelección indefinida del gobernador y del vicegobernador.
En aquella sentencia, el máximo tribunal sostuvo que la permanencia ilimitada en el poder puede generar ventajas para quien ocupa el gobierno y afectar las condiciones de una competencia electoral equilibrada.
La Corte también señaló que las provincias tienen autonomía para organizar sus instituciones, pero que esa autonomía debe respetar los principios establecidos por la Constitución Nacional.
Ese fallo obligó a Formosa a modificar su esquema constitucional.
Y allí aparece el nuevo conflicto.
Una reforma que limita las reelecciones, pero contempla una situación especial para las autoridades actuales
La Constitución reformada establece que gobernador y vicegobernador duran cuatro años y pueden ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo período consecutivo.
Después de cumplir esos períodos, deben dejar pasar un mandato antes de volver a competir por alguno de los dos cargos.
En principio, la nueva regla establece un límite a la continuidad.
El conflicto aparece en una cláusula transitoria.
La norma determina que el mandato del gobernador y vicegobernador en ejercicio al momento de sancionarse la reforma será considerado como el primer mandato.
Para la oposición que presentó la demanda, esa disposición tiene una consecuencia concreta: el actual período de Insfrán no se contabiliza como un mandato anterior al nuevo régimen, sino como el primero dentro de las nuevas reglas.
De esa manera, podría presentarse nuevamente en 2027.
La misma discusión alcanza al actual vicegobernador, Eber Solís.
El punto que deberá resolver la Corte
La discusión jurídica no consiste simplemente en determinar si Insfrán quiere ser candidato.
La pregunta central es si una provincia puede modificar sus reglas de reelección y, mediante una cláusula transitoria, establecer cómo deben computarse los mandatos que ya estaban en curso al momento de la reforma.
La Confederación Frente Amplio Formoseño sostiene que esa disposición contradice la Constitución Nacional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el criterio establecido por la propia Corte Suprema en 2024.
La Provincia deberá defender la validez de la reforma.
Por eso, el caso puede convertirse en un nuevo capítulo de la disputa entre la autonomía constitucional de las provincias y los límites que establece el orden constitucional nacional.
Insfrán y un largo dominio político en Formosa
Insfrán asumió como gobernador en 1995 y desde entonces permanece al frente de la provincia sin interrupciones. Antes había sido vicegobernador, por lo que su presencia en el Poder Ejecutivo formoseño se extiende todavía más en el tiempo.
Su permanencia lo convierte en uno de los dirigentes con mayor continuidad en un cargo ejecutivo en la historia democrática argentina.
Después de más de tres décadas de un mismo liderazgo político, la discusión sobre la alternancia vuelve a ocupar el centro de la escena.
La cuestión que ahora deberá analizar la Justicia es si las nuevas reglas constitucionales establecieron un límite efectivo a esa continuidad o si la cláusula transitoria permite una excepción para quienes ya estaban ejerciendo el poder.
¿La reforma terminó con la reelección indefinida o dejó una puerta abierta?
Ese es el interrogante político detrás del expediente.
La nueva Constitución establece límites que antes no existían. Sin embargo, la cláusula transitoria genera una situación particular para las autoridades que ya estaban en funciones cuando se produjo la reforma.
La oposición considera que esa disposición deja abierta la puerta para una nueva candidatura de Insfrán.
El oficialismo formoseño deberá defender ante la Corte por qué esa disposición es compatible con la Constitución Nacional y con el fallo de 2024.
Qué resolvió la Corte y qué falta
Por ahora, el máximo tribunal no decidió si Insfrán podrá ser candidato en 2027.
La Corte resolvió que tiene competencia originaria para tratar la causa y ordenó que la Provincia de Formosa conteste la demanda en un plazo de 60 días.
Después deberá analizar los argumentos de las partes y determinar si la cláusula cuestionada es constitucional.
Por eso, sería incorrecto afirmar que la Corte ya habilitó o prohibió una nueva candidatura.
La batalla judicial recién comienza.
Una decisión que puede exceder a Formosa
El caso puede tener consecuencias que vayan más allá del futuro político de Insfrán.
Una eventual sentencia de la Corte podría convertirse en un nuevo antecedente sobre los límites de las reelecciones de gobernadores y sobre el alcance que tienen las reformas constitucionales provinciales cuando modifican las reglas de permanencia en el poder.
En Formosa, mientras tanto, la pregunta queda planteada: ¿la nueva Constitución estableció un verdadero límite a la continuidad política o creó una excepción que permite a Insfrán competir después de más de tres décadas al frente de la provincia?
La respuesta estará nuevamente en manos de la Corte Suprema.
Y esta vez, lo que está en juego no es solamente una candidatura para 2027. También está en discusión hasta dónde pueden llegar las provincias al establecer las reglas de alternancia y cuáles son los límites constitucionales a la permanencia en el poder.


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